CANAL DE DENUNCIAS

En cumplimiento de la Ley 2/2023, nuestra empresa ha implantado un SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN que incluye un CANAL DE DENUNCIAS INTERNO gestionado por la empresa PREVING, que permite la tramitación de denuncias anónimas nominales y anónimas. Se ha designado igualmente un EQUIPO RESPONSABLE DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN y una persona responsable del CANAL. Con estas medidas, la Dirección de la empresa tiene por objeto garantizar el respeto a la legalidad en la organización, propugnando los principios de transparencia y responsabilidad, y se compromete a procurar el correcto funcionamiento del Sistema y del Canal.

 

¿Qué se puede denunciar a través del CANAL? (ámbito OBJETIVO):   cualquier hecho acaecido dentro o en relación con la empresa, que la persona informante considere que es ilícito y pueda ser constitutivo de una infracción administrativa grave o muy grave o delito penal. Esto incluye, sin ser exhaustivo, casos de corrupción o fraude fiscal; situaciones de acoso o discriminación en el lugar de trabajo; temas relacionados con seguridad laboral; infracciones en materia de medioambiente o de la protección de las personas consumidoras; robo y fraude; tráfico de influencias; trato discriminatorio… Quedan excluidas las quejas o sugerencias particulares que no cumplan estos requisitos que deberán ser cursadas por las vías generales de comunicación establecidas por la empresa.

 

¿Quién puede usar el CANAL? (ámbito SUBJETIVO):  las personas pertenecientes a la organización independientemente de su nivel jerárquico (incluido personal en prácticas o en periodos de formación, accionistas, miembros del órgano de administración, dirección o supervisión y miembros no ejecutivos); aquellas que ya han finalizado su relación laboral con la empresa; aquellas que tengan vínculos profesionales con la entidad (incluido aquellas que ya han finalizado su relación profesional, voluntarios, personas que participan en procesos de selección); trabajadores-as vinculados-as (de contratas o subcontratas); empresas proveedoras y clientes.

 

Derechos y deberes de las personas denunciantes:

* Derecho a estar informado sobre la existencia del canal

* Derecho de confidencialidad

* Derecho al anonimato

* Derecho a la protección de datos de carácter personal

* Derecho a la no represalia

* Derecho a ser informado de la resolución o archivo de la denuncia.

* Deber de actuar de buena fe.

* Deber de aportar datos y documentos con los hechos denunciados.

* Deber de confidencialidad

 

¿Quién puede ser denunciado-a a través de este CANAL?: las denuncias tramitadas pueden referirse a cualquier persona, física o jurídica, que haya cometido un hecho denunciable, o bien dentro, o bien en relación con la organización

 

¿Cuáles son los plazos del sistema?

* 7 días para la recepción de la denuncia

* 3 meses máximo para la gestión del expediente (salvo prorroga hasta 6 meses en casos de excepcional complejidad)

 

¿Qué otros medios de denuncia externos existen?

* Canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección al Informante (A.A.I)

* A nivel europeo las instituciones de la UE también cuentan con su propio canal de denuncias, y cualquier ciudadano de la Unión puede recurrir a ellos y gozarán de las mismas medidas de protección que si lo hicieran a nivel interno en su organización o externo en su país (en nuestro caso el de la AAI).